Jesús Aisa Díez
El
proceso auditor tiene, como cualquier otro proceso empresarial, varias fases,
debiendo ser atendidas y revisadas convenientemente para asegurar que se
alcancen los objetivos perseguidos. En el caso de las auditorías internas el
objetivo es el garantizar razonablemente el grado de eficiencia del control
interno existente de las Organizaciones en las que trabajemos.
En su
inicio, parece claro que las auditorías nacen cuando se decide incluirlas en el
Plan Anual de Auditoría, desarrollándose posteriormente con su planificación,
programación, trabajo de campo, reuniones con los auditados, etcétera.
En este
punto nos surge una primera duda, cómo de amplio es este etcétera, hasta dónde
alcanza. Parece evidente que en el extremo del final del proceso auditor esté
la fase de preparación y envío del informe en borrador, el análisis de los
comentarios recibidos de los auditados, y la confección-distribución del
informe final, en el que, necesariamente, debe incluirse el plan de acción
asumido por los responsables del ente auditado, conteniendo asimismo la
identificación de los encargados de realizar las acciones correctoras estimadas
necesarias, y las fechas estimadas de realización.
Si nos
atenemos a lo recogido por el Marco Profesional para la Práctica Profesional de
la Auditoría Interna, que como sabemos, es el “libro de cabecera” de los
auditores internos al encontrarse en él recogidas las pautas de actuación que
no son de aplicación, observaremos que en la Norma 2500, Seguimiento del
Progreso, se señala que: El director de Auditoría interna debe
establecer y mantener un sistema para vigilar la disposición de los resultados
comunicados a la dirección. Aclarándose este requerimiento en el sentido de
que: el director de auditoría interna debe establecer un proceso de
seguimiento para vigilar y asegurar que las acciones de la dirección hayan sido
implantadas eficazmente, o que la alta dirección haya aceptado el riesgo de no
tomar medidas (N. 2500. A1).
En base a
lo cual estimamos que, en principio, un informe de auditoría no estaría acabado
hasta que no esté implementada la última de las recomendaciones recogidas en el
informe final, y se haya confirmado la eficacia de las recomendaciones
sugeridas o, en su defecto, haber sido desestimadas por la alta dirección.
Por estos
principios de actuación, los Planes anuales de Auditoría deben contemplar las
acciones necesarias para verificar el grado de atención real a las
recomendaciones de las auditorías previamente realizadas, actuando de forma
selectiva en función del riesgo y de la exposición al mismo, ya que no
resultará posible supervisar todas las recomendaciones emitidas con
anterioridad.
En este
contexto, una sugerencia que suele ofrecerse a la Unidades de Auditoría Interna
que se someten a evaluaciones externas de calidad, es la de buscar la necesaria
pro-actividad de las áreas auditadas, requiriendo su compromiso de informar a
aquellas del avance de la implementación de los planes de remediación
aceptados, de forma que, al cumplirse el plazo previsto, los responsables de
los procesos susceptibles de mejoras informen a Auditoría de la situación
existente y, en su caso, de los motivos de los incumplimientos y las
reprogramaciones necesarias. De esta forma, si una acción está reconocida por
los propietarios de los procesos como no implantada, no se hace preciso la
verificación del estatus real por auditoría, reservando nuestras actuaciones
para los casos en los que se nos haya confirmado la atención de las mejoras
recogidas en los planes de acción.
De acuerdo
con esta dinámica, cuando se efectúe la verificación de la situación
verdaderamente existente por parte de Auditoría, nos podemos encontrar con que
la misma responde a la información aportada por los propietarios de los
procesos, que entendemos será la situación más probable, pero también será
posible que nos encontremos con que la información aportada previamente haya
sido inexacta, en cuyo caso procedería informar a la Comisión de Auditoría
sobre este conflicto, a fin de que se adopten las medidas correctoras que
procedan, pues no solo se habrían incumplido los compromisos asumidos, sino
también probablemente habrá existido voluntad de confundir. Aspectos que
entendemos se deben aclarar con la mayor prontitud posible.
En este
contexto, una buena práctica que Auditoría Interna debería sugerir, tanto a la
alta dirección de la Organización, como a la Comisión de Auditoría, es la
posibilidad de vincular los “bonus” a los gestores, al grado de atención a las
recomendaciones asumidas por ellos en los planes de acción derivados de los
informes de auditoría a los que se hayan visto sometidos.
Por
consiguiente, la respuesta a la pregunta con la que encabezamos estas líneas
sería que: Una auditoría solo estará concluida cuando se hayan implementados
todas las recomendaciones incluidas en los Informes, y adicionalmente hayamos
comprobado que la eficacia que de ellas se esperaba, se está alcanzando.
Por tanto
si esto fuese así, entendemos que esta conclusión debería guiar nuestras
actuaciones, a fin de poder incrementar el auténtico valor que aportemos a las
Organizaciones, pues no debemos olvidar que “el papel lo aguanta todo”.
Artículo
Publicado en el Blog: Auditoría Interna del Siglo XXI
http://auditoriainternasiglo21.blogspot.com.es/
Jesús Aisa
Díez Ex-Subdirector General Corporativo de Auditoría Interna de Telefónica SA.
Director Proyectos de Evaluaciones de Calidad del IAI España. Director Técnico
de FSH Consulting.
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