miércoles, 18 de octubre de 2017

Compliance Officer: ¿ “Mal necesario” o “Bien intangible” ?

Por Albert Salvador


Las dificultades y vicisitudes por las que atraviesan los CO en las empresas me recuerdan a las que, por allá en la década de los 90, teníamos los Auditores Internos de la época.

Y es que el gran problema radica en que muchas empresas, por no decir la mayoría, CREAN la figura del CO, pero no CREEN en su función. Les puede servir de “parapeto” legal ante una eventual comisión de un delito, e Incluso como interlocutor frente a los auditores externos y reguladores. Incluso muchos lo compraran con la contratación de una póliza de seguros. Vamos, que poco más o menos el CO se convierte en un “mal necesario” para los directivos, siendo un centro de costes para las empresas.

Uno de los retos más importantes a los que se enfrentan los Compliance Officers, al igual que los Auditores Internos hace dos décadas, es demostrar que aportan valor a su Organización. Para ello solo hay dos maneras: generando un beneficio o reduciendo un coste. Claro está que la primera opción es poco más que improbable, por lo que debemos poner nuestro foco en demostrar a los directivos cuánto dinero se están ahorrando. Os aseguro que esta parte es la más complicada.

Por seguir con la analogía de los Auditores Internos de los años 90, estos poco a poco han ido teniendo más aceptación, admiración e Incluso presencia en la primera línea directiva y nadie duda que aportan un verdadero valor a la empresa.

Y ¿cómo lo han conseguido?

Principalmente alineando sus planes anuales de Auditoría a los planes estratégicos de la Organización. Agregando valor en sus informes para la toma de decisiones críticas. Informando a la dirección de problemas estructurales y cuantificando las perdidas económicas a las que la Organización no ha tenido que hacer frente fruto de su actuación e implantación de medidas mitigatorias.

En los tiempos que corren, el CO que sea capaz de aportar ese valor a la empresa, será el que se convertirá en un “bien intangible”, y situará la figura del CO en una figura indispensable para su Organización.

Gran reto por delante para los Compliance Officers.

Este artículo fue publicado en el Blog Fraude Interno, el cual es un Blog creado con el objetivo de compartir conocimientos y inquietudes relacionados con el fraude interno, tanto con profesionales de la auditoria interna como con cualquier empresario o directivo que no disponga de un departamento de auditoria interna en su organización. Para mayor información debes visitar: https://fraudeinterno.wordpress.com/.

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3 comentarios:

  1. Excelente artículo, me gustaria saber a quien se debe reportar el Oficial de Cumplimiento, a nivel de la estructura organizacional de empresa.

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    1. Desde el punto de vista del Corporate Compliance, se exige que la función responsable del cumplimiento normativo (sea Compliance Officer, Comité, o quien haga sus veces bajo cualquier otra denominación) se rija por dos principios fundamentales: Independencia y Autonomía.
      Dicho esto....el reporte lo tiene que realizar al Consejo de Administración, a través de una comisión delegada al efecto o a través del Comité de Auditoria.

      Saludos

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  2. Muy buen artículo, hay que despertar la sensibilidad del Gobierno Corporativo respecto al valor agregado que pueden generar las funciones responsables de la gestión del riesgo y del cumplimiento.

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