Por Jesús Aisa Díez
A lo largo de mi experiencia como docente del ámbito de la actividad de
auditoría interna, he tenido oportunidad de poder conocer algunas de las dudas
más frecuentes que suelen surgirles a los auditores en aspectos básicos de la
actividad, la mayoría de ellas de fácil de resolución acudiendo a consultar al
Marco Internacional de las prácticas Profesionales emitidas por el Instituto de
Auditoría Interna, que, como sabemos, es el “libro de cabecera” que debe guiar
la forma de actuar de los auditores internos en el desarrollo de su función.
Sin embargo, algunas otras han resultado más complicadas de aclarar ya que
las Normas no hacían referencia explícita a ellas. Como por ejemplo la que
recoge el título de estas reflexiones. Está claro que los resultados de
los trabajos de Auditoría deben compartirse con las partes apropiadas de la organización, debiendo ser
precisos, objetivos, claros, concisos, constructivos, completos y oportunos,
incluyendo en ellos los objetivos y alcance del trabajo así como las
conclusiones correspondientes, las recomendaciones y los planes de
acción.
Surge entonces una duda respecto de cómo interpretar estas indicaciones,
fundamentalmente en la parte que corresponde a los planes de acción, ya que, si
bien los objetivos perseguidos, el alcance del trabajo, las conclusiones y las
recomendaciones es evidente que recaen en el ámbito de actuación del equipo de
auditoría que haya participado en la supervisión del ente auditable, deberíamos
entender entonces que sucede lo mismo con el plan de acción; es decir, con la
manera en que se entienda conveniente operar para eliminar o superar las
carencias observadas.
En nuestra opinión, los planes de acción corresponde diseñarlos a los
responsables gerenciales de las áreas auditadas, ya que son estos los que deben
asumir íntegramente su contenido, por lo que no solo deben valorar con realismo
los recursos disponibles para acometerlos y, en base a ellos, los plazos
previstos para finalizarlos, sino decidir la
forma más adecuada para acometerlos. Ya que, con las recomendaciones,
que sí son aportadas por el equipo auditor, se describe lo “que hay que
conseguir”, mientras que con los “planes de acción” se incide en “cómo
conseguirlo”, en “qué hacer”. Aspectos que han de ser asumidos íntegramente por
los propietarios de los procesos.
Admitiendo que quienes lean estas reflexiones estén plenamente de acuerdo
con lo que se ha señalado, quedaría aún una segunda pregunta, y es la
correspondiente a si en este entorno, los auditores deben valorar a iniciativa
propia la oportunidad de los planes
propuestos, trasladando su opinión a las partes interesadas antes de aprobarse
institucionalmente e implementarse.