Jesús Aisa Díez.
En un arco de medio punto
todas las piezas que lo componen son imprescindibles para conseguir la adecuada
distribución de las fuerzas que han de soportar, pero de ellas la que cierra el
conjunto por su parte superior, la denominada clave, es básica para
conseguir el objetivo perseguido, siendo la última en colocarse y con la que
finaliza su construcción.
Algo similar ocurre con el Control Interno y la Auditoría Interna, pues
como ya hemos comentado en otras ocasiones: No
podrá haber un buen Control Interno si no existe un adecuado Gobierno
Corporativo, mientras que éste no será posible si la Organización no cuenta con
una Comisión de Auditoría que realice con eficacia su función, para lo cual precisará de una función de auditoría interna
que le apoye activa y fehacientemente en la realización de sus responsabilidades.
Entre ellas la Supervisión del
modelo de control aplicado, que resultará clave para valorar y
concluir sobre la situación real observada, aportando las recomendaciones de
mejora que se entiendan oportunas proponer. Siendo esta actividad verificadora
con la que se completa el proceso.
Debido a ello, múltiples son los protocolos que describen la forma de
gestionar esta actividad, de los que destacaríamos la Guía para la Supervisión de Sistemas
de Control Interno emitido por COSO en el año 2010, que nos ayuda a
desarrollar en forma integra la verificación de todo el sistema empleado,
comprobando las distintas fases que en él deben intervenir. Tal y como se
recoge en el siguiente gráfico:
Pero si del total del Sistema de Control Interno, descendemos a los
distintos objetivos individuales que lo componen: (i) Fiabilidad de la
información, (ii) cumplimiento de leyes y normas y (iii) eficiencia y eficacia
de las operaciones, podremos observar que donde los reguladores se han centrado
en forma predominante ha sido en la supervisión de la información financiera. Prueba
de ello es la Ley Sarbanes-Oxley, cuyo fin es garantizar la fiabilidad de los
EEFF de las sociedades cotizadas en la Bolsa de NY, de cuyo contenido destacaríamos,
por lo que a la función de auditoría interna se refiere, las Secciones 302 y
404.
Dado que Sarbanes-Oxley solo afecta legalmente a las sociedades que
coticen sus acciones en Wall Street, los supervisores de otros países se han
visto “obligados” a recoger en sus ordenamientos jurídicos o en sus
recomendaciones como mejores prácticas, versiones nacionalizadas de la misma.
Un ejemplo de ello es la publicación de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores española, referente al Control
Interno de la Información Financiera en las entidades cotizadas (SCIIF) en
las bolsas españolas, encontrándose
entre sus objetivos los siguientes:
a)
Establecer un marco
de referencia de principios y buenas prácticas relativas a los Sistemas de
Control Interno de la Información Financiera, incluyendo la supervisión de
su funcionamiento.
b)
Contribuir a
mejorar la transparencia de la información que las entidades cotizadas difundan
a los mercados de valores sobre su SCIIF.
Aun siendo varios los
aspectos destacables de esta publicación, como anticipo de los mismos, y en lo
que a la actividad supervisora se refiere, a continuación reproducimos los 16
aspectos que permitirán a las partes interesadas posicionarse sobre el grado de
control existente en la Organización, y que podrían emplearse como KRI´s al valorar la transparencia y bondad de
la información financiera difundida a los mercados:
Respecto del ambiente de control: Se haría necesario conocer:
1. Qué órganos y/o funciones son los responsables de:
(i) la existencia y mantenimiento de un adecuado y efectivo SCIIF; (ii) su
implantación; y (iii) su supervisión.
2.
Qué departamentos
y/o mecanismos están encargados: (i) del diseño y revisión de la estructura
organizativa; (ii) de definir claramente las líneas de responsabilidad y
autoridad, con una adecuada distribución de tareas y funciones; y (iii) de que
existan procedimientos suficientes para su correcta difusión en la entidad, en
especial, en lo relativo al proceso de elaboración de la información
financiera.
3. Si existen, especialmente en lo relativo al proceso de elaboración
de la información financiera, los siguientes elementos:
o Código de conducta, órgano de aprobación, grado de
difusión e instrucción, principios y valores incluidos (indicando si hay
menciones específicas al registro de operaciones y elaboración de información financiera),
órgano encargado de analizar incumplimientos y de proponer acciones correctoras
y sanciones.
o Canal de denuncias, que permita la comunicación al
comité de auditoría de irregularidades de naturaleza financiera y contable, en
adición a eventuales incumplimientos del código de conducta y actividades
irregulares en la organización, informando en su caso si éste es de naturaleza confidencial.
o Programas de formación y actualización periódica
para el personal involucrado en la preparación y revisión de la información
financiera, así como en la evaluación del SCIIF, que cubran al menos, normas contables,
auditoría, control interno y gestión de riesgos.
Respecto de la evaluación de riesgos de la
evaluación financiera:
4. Cuáles son las
principales características del proceso de identificación de riesgos,
incluyendo los de error o fraude, en cuanto a:
- Si el proceso
existe y está documentado.
- Si el proceso
cubre la totalidad de objetivos de la información financiera,
- (existencia y
ocurrencia; integridad; valoración; presentación, desglose y
comparabilidad; y derechos y obligaciones), si se actualiza y con qué
frecuencia.
- La existencia
de un proceso de identificación del perímetro de consolidación, teniendo
en cuenta, entre otros aspectos, la posible existencia de estructuras
societarias complejas, entidades instrumentales o de propósito especial.
- Si el proceso
tiene en cuenta los efectos de otras tipologías de riesgos
- (operativos,tecnológicos,financieros,legales,reputacionales,medioambientales
etc.) en la medida que afecten a los estados financieros.
- Qué órgano de
gobierno de la entidad supervisa el proceso.