miércoles, 28 de febrero de 2018

Diez de mis conclusiones para el Congreso Antifraude


Juan Antonio Fraga Amada 

El pasado 8-II-2018 se celebró un gran acto en una de las salas de CECABANK en Madrid, en la que intervinimos más de quince ponentes, incluyendo Guardia Civil, Policía Nacional, el CITCO (Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado) y otras asociaciones, entidades y ponentes del sector público y privado, organizado por la World Compliance Association, y teniendo como temática común la lucha contra el fraude.

Vaya por delante que el concepto lucha contra el fraude es sumamente amplio, porque podemos hablar de fraude procedente del interior de la persona jurídica, siendo esta pública o privada, o del exterior.

En mi ponencia resalté diversas consideraciones, pero me voy a centrar en diez fundamentales para el conocimiento general:

1) Reforma de la reincidencia penal: La reincidencia tal y como está hoy prevista en el art. 22. 8 Cp exige que los delitos sean del mismo título y misma naturaleza. Por tanto, quien estafa y es condenado no será reincidente, por ejemplo, de cara a un delito fiscal o un fraude de subvenciones, que son fraudes como la estafa pero con la peculiaridad de que la víctima es el sector público. La redacción, hija de otro tiempo, casa mal con la división en títulos del Libro II del Código penal que son anómalos, máxime cuando el TS ha dicho en no pocas sentencias que hay homogeneidad entre diversos tipos penales (fraude fiscal y estafa en tentativa, estafa y fraude de subvenciones, sólo por citar dos ejemplos que hemos visto en este blog).

2) Proporción interna de las penas: Si el Código penal es muy blando en materia de penas, se ve con algunas comparativas que cuando se hacen reformas no se piensa en conjunto.
Por ejemplo: estafa que excede de 250.000 € (250. 2 Cp): pena de 4 a 8 años de prisión.
Delito fiscal o fraude de subvenciones de 599.999’99 € (pena de 1 a 5 años de prisión).
Parece que al Estado le duele poco que se pierda su dinero.

3) Aclaración o reforma de los arts. 259 bis 1ª y 296 Cp: En el primer supuesto, subtipo agravado de delito concursal, se hace referencia a que afecte a una pluralidad de ofendidos, en vez de determinar una cifra mínima. Por ejemplo, tengo un asunto a punto de calificar en el que el fraude no ha llegado a 250.000 €, con lo que sería tipo básico (pena de 1 a 4 años), pero hay 70 acreedores perjudicados ¿integrará esa cifra el supuesto legal? ¿por qué no se da una cifra para evitar que luego cada tribunal escoja lo que considere oportuno?

lunes, 26 de febrero de 2018

Videoconferencia - Gratis: ¿Por qué un auditor calificado no detecta grandes fraudes?


En este WEBINAR haremos un análisis del caso BANKIA desde la perspectiva de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA).

Contexto

Entre 2004 y 2012, la economía española pasó del milagro propiciado por la expansión sin freno del sector inmobiliario, a la crisis financiera más profunda de la historia reciente.

En 2012 España tuvo una crisis bancaria por pérdidas en el sector financiero por €61,500 millones. Bankia fue uno de los principales aportantes con €22,429 millones
Una BIG4 de auditoría fue sancionada con €10,4 millones por no detectar en 2011 el desfase patrimonial de €3.000 millones en Bankia, la entidad financiera.

¿Cuál fue la causa de la sanción a la firma de auditoría?

Tendremos en cuenta los antecedentes de cliente, auditor, contexto político y daremos respuesta desde la perspectiva de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) a la pregunta “ Por qué un auditor calificado no detecta grandes fraudes”

Fecha:  2 de marzo 2018

Duración: 1 Hora

Hora de inicio: 
Madrid: 16:00
New York : 10:00
México DF: 09:00
Bogotá: 10:00
Lima: 10:00
Buenos Aires: 12:00



Facilitador: Álvaro Rincón Céspedes

Consultor internacional con experiencia en el área Andina y el Caribe (Colombia, Ecuador y República Dominicana). Posee más de 16 años de experiencia profesional, 11 de los cuales han sido como gerente de auditoría interna y externa en la firma multinacional de auditoría PricewaterhouseCoopers (Colombia y Rep. Dominicana).

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domingo, 25 de febrero de 2018

miércoles, 21 de febrero de 2018

¿ Conoces cómo y cuanto afecta el Fraud€ en tu Organización ?

Albert Salvador Lafuente


El pasado día 8 de febrero, durante el transcurso del I CONGRESO NACIONAL ANTIFRAUDE, tuve la ocasión de presentar una pequeña ponencia sobre los controles antifraude y los indicadores de Riesgo de Fraude. Muchas han sido las preguntas que he recibido acerca de este tema, y espero poder aclarar alguna de ellas en este artículo.

Todos somos conscientes que le fraude provoca grandes pérdidas a las compañías, tanto económicas como reputaciones, pero pocas organizaciones saben COMO y CUANTO les afecta el fraude dentro de las mismas.

Y yo me pregunto:

¿Cómo una empresa que no puede medir el riesgo de fraude dentro de su propia organización lo puede gestionar y mejorar?

¿Cómo una empresa que no sabe de qué maneras se está cometiendo fraude en su organización lo puede controlar?

Por lo tanto, estamos de acuerdo que el Fraude se ha de tratar al igual que el resto de riesgos, pero sin embargo tiene ciertas peculiaridades que lo hacen difícil de cuantificar y de detectar. Y es que el riesgo de fraude tiene una gran diferencia del resto de riesgos que podamos catalogar, y es que se produce de una manera INTENCIONADA, por una o varias personas, habitualmente en colusión, y en el que suele participar un empleado de la propia organización.

Solo si somos capaces de cuantificar el Fraude potencial que existe dentro de nuestra organización e identificar las maneras de poder cometerlo, seremos capaces de poder gestionar y mitigar este riesgo.

Os puedo asegurar que existen infinitas maneras de cometer un fraude, y de las formas más insospechadas; desde las más sofisticadas, hasta las más burdas.  Y es que la imaginación humana no tiene límites.

domingo, 18 de febrero de 2018

jueves, 15 de febrero de 2018

miércoles, 14 de febrero de 2018

10 medidas para luchar contra el fraude interno

Albert Salvador La Fuente


Este decálogo debería ser imprescindible para cualquier organización:

1.    Política Antifraude (puede estar dentro del mismo código ético o bien en una política diferenciada para darle más relevancia)
2.    Canal de denuncias, preferiblemente anónimo.
3.    Protocolo de investigación.
4.    Sistema disciplinario: Tolerancia CERO respecto a actos fraudulentos.
5.    Difusión a empleados. Todo lo que no se explica no existe.
6.    Auditorías sorpresa, focalizadas a la detección de Fraudes.
7.    Establecimiento de Controles financieros y no financieros.
8.    Monitoreo continuado. Creación de Alertas de riesgo y KFI (Key Fraud Indicator)
9.    Formación continua. Los especialistas de fraude deben conocer no solo el funcionamiento interno de TODA la organización, sino todas las técnicas y novedades en esta materia.
10. Predicar con el ejemplo. La alta dirección a parte de liderar y apostar por el establecimiento de un sistema Antifraude dentro de la organización, DEBE PREDICAR CON EL EJEMPLO.

Este artículo fue publicado en su Blog Fraude Interno, el cual es un Blog creado con el objetivo de compartir conocimientos e inquietudes relacionados con el fraude interno, tanto con profesionales de la auditoria interna como con cualquier empresario o directivo que no disponga de un departamento de auditoria interna en su organización. Para mayor información debes visitar: https://fraudeinterno.wordpress.com/.

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domingo, 11 de febrero de 2018

jueves, 8 de febrero de 2018

miércoles, 7 de febrero de 2018

Veinte medidas para prevenir y combatir la corrupción

Albert Salvador La Fuente

Transparencia Internacional-España recuerda que es tan necesario como urgente avanzar en la adopción de las siguientes Veinte medidas para prevenir y combatir la corrupción:

1)    Promover la despolitización de los órganos constitucionales y disminuir de forma significativa el excesivo poder de los Partidos políticos en relación con la sociedad y los ciudadanos.

2)    Reducción del número de aforados (ningún país en Europa tiene tantos aforados como España), así como las características del aforamiento, limitándolo exclusivamente a las actividades y actuaciones relacionadas con el correspondiente cargo público.

3)    Prohibición legal de la posibilidad de conceder indultos por corrupción. Es importante que los eventuales corruptos sepan que no van a tener ninguna posibilidad futura de una condonación legal de sus delitos a través de la figura del indulto.

4)    Disminución sensible del clientelismo político, disminuyéndose a tal efecto la enorme cantidad de cargos de libre designación existentes en este país.

5)    Mejorar diversas disposiciones legales en el ámbito sancionador, incluyéndose a tal efecto la figura del delito por enriquecimiento ilícito, así como el desarrollo de un régimen específico de infracciones y sanciones en la Ley de Transparencia.

6)    Aprobación urgente del Reglamento de la Ley de Transparencia, todavía pendiente cuatro años después de haberse publicado la Ley.

7)    Publicación de una Ley de protección a los denunciantes: Para que los ciudadanos se sientan protegidos legalmente cuando conozcan hechos y deseen formular denuncias por fraude y corrupción.

8)    Regulación de los Lobbies: Es necesario que se regulen desde un punto de vista legal los lobbies, se propicie su transparencia social, y se establezca obligatoriamente la creación de Registros de grupos de interés en las distintas instituciones públicas y parlamentarias.

9)    Transparencia de las formaciones políticas: Es necesario que aumente la transparencia (tanto externa como interna) de los Partidos y de las entidades perimétricas de los mismos (Fundaciones, etc.), siguiendo de esta forma las recomendaciones del GRECO (Grupo de países del Consejo de Europa contra la Corrupción).

10) Cumplimiento por las instituciones públicas de la normativa legal sobre publicidad de sus contratos. De una forma tan inaceptable como preocupante una buena parte de las entidades públicas incumplen la obligación legal de publicar sus contratos y licitaciones en la Plataforma de Contratación del Sector Público.

domingo, 4 de febrero de 2018

viernes, 2 de febrero de 2018

Videoconferencia gratuita: Impacto del riesgo reputacional en la estrategia organizacional - Nahun Frett

El Equipo Auditool tiene el gusto de invitarlos al webinar gratuito "Impacto del Riesgo Reputacional en la Estrategia Organizacional", impartido por: Nahun Frett, colaborador de Auditool, desde República Dominicana.

Tenga presente que: “Nuestro buen nombre es todo lo que tenemos”. Cuando se me solicitó hablar sobre Riesgo Reputacional, lo primero que me llego a la mente fue la frase de Warren Buffet: 

“Toma 20 años para construir una buena reputación y cinco minutos para arruinarla. Si piensas bien acerca de esto, harás las cosas de manera diferente”.

Todo lo que hacemos fortalece o debilita la confianza que se tiene en nuestra organización. Se ha preguntado usted alguna vez:

¿Qué es la reputación corporativa?
¿Porqué es importante para el éxito?
¿Qué es el riesgo reputacional?
¿Ha sido el riesgo reputacional considerado como parte proceso de gestión de riesgos? 
¿Entiende el personal el impacto que tiene su trabajo en la reputación? 
¿Existe un proceso formal para manejo de crisis?

Todas su preguntas están al punto de se respondidas en esta videoconferencia.