Competencia Técnica
Un revisor o equipo de revisión cualificado consiste en individuos
competentes en la práctica profesional de la auditoría interna y del proceso de
evaluación externa. La evaluación de la competencia del revisor o equipo de
revisión es un juicio que considera la experiencia profesional en auditoría
interna y las credenciales profesionales de los individuos seleccionados para
realizar la revisión, por lo que una persona que se desempeña como revisor
externo independiente debería:
Ser auditor interno profesional certificado (CIA) y competente, que
posea conocimientos actualizados y profundos de las Normas.
Encontrarse bien familiarizado con las mejores prácticas de la
profesión.
Tener al menos tres años de experiencia reciente en el ejercicio de
auditoría interna o consultoría relacionada, a nivel gerencial.
Adicionalmente, los líderes de equipos de revisión independiente y los revisores
externos que realizan validación independiente de los resultados de la autoevaluación
deberían tener un nivel adicional de competencia y experiencia que hayan
obtenido trabajando anteriormente como miembros de equipo en una evaluación
externa de calidad, deberían haber realizado un curso de capacitación en
evaluación de calidad del Instituto de Auditores Internos o un curso similar, y
deberían tener experiencia de nivel superior en la gestión de auditoría
interna, como DEA o un nivel comparable.
Es crítico que los revisores deberían tener aptitudes técnicas relevantes y poseer experiencia relevante en el sector económico pertinente. Las personas con experiencia en otras áreas de especialización pueden ayudar al equipo. Por ejemplo, los especialistas en gestión de riesgo empresarial, auditoría de tecnología de la información, muestreo estadístico, sistemas de vigilancia de las operaciones o autoevaluación de control, pueden participar en ciertos segmentos de la evaluación.
Libres de Posibles Conflicto de Interés
Las personas que realizan la evaluación externa se encontrarán libres de
obligaciones o intereses respecto de la organización cuya actividad de
auditoría interna está siendo sujeta a una evaluación externa, o de su
personal. El DEA, en consulta con el consejo de administración, tendrá en
cuenta los siguientes aspectos referidos a la independencia cuando seleccione
al revisor o equipo de revisión externo cualificado e independiente:
Cualquier conflicto de intereses real o aparente de las firmas que
proporcionan:
- La auditoría externa de los estados contables.
- Servicios de consultoría significativos en las áreas de gobierno,
gestión de riesgos, información financiera, control interno y otras áreas
relacionadas.
- Asistencia a la actividad de auditoría interna. La significatividad y
cantidad de trabajo desempeñado por el proveedor de servicios profesionales
debe tenerse en cuenta en la deliberación.
Cualquier conflicto de intereses real o aparente de anteriores empleados
de la organización que pudieran desempeñar la evaluación. Se tendrá en cuenta
la cantidad de tiempo que la persona ha sido independiente de la organización.
Las personas que realizan la evaluación serán independientes de la
organización cuya actividad de auditoría interna está sujeta a evaluación y no
tendrán ningún conflicto de intereses real o aparente. "Independiente de
la organización" significa que no forma parte ni está bajo el control de
la organización a la cual pertenece la actividad de auditoría interna. En la
selección de un revisor o equipo de revisión externo, cualificado e independiente,
se tendrá en cuenta todo conflicto de intereses real o aparente que el revisor pueda tener debido a su relación
presente o pasada con la organización o su actividad de auditoría interna,
incluyendo la participación del revisor en evaluaciones internas de calidad.
Las personas que están en otro departamento de la organización o en una
organización relacionada, aunque estén en una organización separada de la actividad
de auditoría interna, no son consideradas independientes a los fines de
realizar una evaluación externa. Una "organización relacionada" puede
ser la casa matriz, una afiliada del mismo grupo de entidades o una entidad con
responsabilidades habituales de vigilancia, supervisión o aseguramiento de
calidad respecto de la organización sujeta a la evaluación externa.
Conflictos reales o aparentes en los acuerdos de revisión entre iguales.
Puede establecerse un acuerdo de revisión entre iguales por tres o más
organizaciones (por ejemplo, dentro de un sector económico u otro grupo de
afinidad, asociación regional, u otro grupo de organizaciones, excepto en el
caso de "organizaciones relacionadas" definidas en el punto anterior),
estructurados de tal forma de paliar el tema de la independencia, pero deberá tenerse
cuidado de asegurar que no surja un problema de independencia. Las revisiones entre
pares realizadas por sólo dos organizaciones no superarían la prueba de la independencia.
Para superar la cuestión de un menoscabo real o aparente a la
independencia en instancias tales como las mencionadas en esta sección, una o
más personas independientes podrían formar parte del equipo de evaluación
externa con el fin de validar de forma independiente el trabajo del equipo de
evaluación externa.
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