lunes, 21 de enero de 2013

La doble dependencia del DAI

Por Jesús Aisa Díez

Una de las razones de la crisis económica que está atravesando España desde hace ya más de 5 años, se ubica en la explosión de la nunca reconocida “burbuja inmobiliaria”, lo cual, aparte de dejar en el paro a un inmenso número de profesionales, ha producido, entre otras repercusiones, graves problemas de solvencia del sistema bancario español, que ha requerido de  ayudas directas del Estado desde que empezó la crisis -sin contar las ya amortizadas- de alrededor de 216.000 millones de euros, el equivalente al 21% del(PIB) de España. Siendo las Cajas de Ahorros las máximas responsables de esta situación, debido a sus malas prácticas en la forma de gestionar la actividad, lo que ha llevado al Banco de España, en su calidad de supervisor, a denunciar a los miembros del Consejo de Administración de Bankía, antigua Caja de Ahorros de Madrid entre otras, censurando el “buen número de políticos de escasa competencia bancaria que se sentaban en su Consejo y que cobraron 7 millones de euros en 2011 por no enterarse de nada.” 

Desconocimiento y nivel retributivo que es la tónica generalizada por parte de los consejeros de otras entidades intervenidas, de acuerdo a sus manifestaciones, según las cuales, cobraban por ir a las reuniones de los consejos, pero que no tomaban decisiones pues desconocían de lo que se hablaba en ellos.

Siendo así, qué podíamos esperar de la labor de control de la que eran responsables, obviamente muy poco.

Lo anterior creo que denuncia una situación muy grave en lo que se refiere al gobierno corporativo de estas entidades, con enormes repercusiones en su control interno, que resulta evidente resultaría muy dañado, al haberse roto el sistema de supervisión a su máximo nivel.

El  Institute of Internal Auditors (IIA), en su Marco Internacional para la Práctica Profesional de Auditoría interna, Norma 1100, señala que “La actividad de auditoría interna debe ser independiente, y los auditores internos deben ser objetivos en el cumplimiento de su trabajo”, para lo cual “El director de auditoría debe responder ante un nivel jerárquico tal dentro de la organización que permita  cumplir con sus responsabilidades, … “ (N 1110);  aclarando que la independencia dentro de la organización se alcanza de forma efectiva cuando el director de auditoría interna depende funcionalmente del Consejo.
Pronunciamientos por los que resulta frecuente que los DAI (Directores de Auditoría Interna) de las empresas cotizadas españolas dependan jerárquicamente de los Presidentes Ejecutivos, en tanto que funcionalmente de los Comités/Comisiones de Auditoría, adoptándose así  a lo señalado por el IIA.

En nuestra opinión, y en base a los diversos roles asumidos por los Presidentes Ejecutivos, en los que coexisten las responsabilidades ejecutivas máximas, conjuntamente y simultáneamente con las de responsable máximo del órgano de control de la Compañía, el Consejo, como por las circunstancias ya comentadas en las que actúan determinados consejeros, no nos permite ser tan rotundos como lo es el IIA cuando asegura como se alcanza de forma efectiva la independencia de la función auditora, pues eso dependerá de muchas otras circunstancias, entre ellas, y de forma destacable, la integridad y personalidad de los miembros de los Departamentos de Auditoría Interna, que les permita mantener en forma razonable y razonada sus opiniones y criterios sobre los temas abordados, al margen de las presiones de todo tipo que pudieran existir, pues cuando se habla de independencia del auditor debemos considerar que este atributo lo estamos circunscribiendo exclusivamente a su independencia de criterio y juicio;  en donde las formas (su dependencia jerárquica y funcional) resultarán importantes, pero no hasta el grado de ser condición suficiente, pues en última instancia será el propio DAI, a través de una decisión personal, el que decida hasta donde llega su verdadera independencia, al margen de las posibles salvaguardas que pueda ofrecerle su jefe funcional.

Por tanto, la necesaria independencia con la que debe actuar el auditor dependerá de muchas circunstancias, pero sobre todo de la integridad profesional y personal del DAI, en cuyo caso sí se podrá decir que el controlador controla, en vez de que es controlado, o como mínimo dirigido o utilizado.

Con esta conclusión no queremos dar a entender que no compartamos la conveniencia de una dependencia orgánica del DAI respecto de un nivel estructural del que pueda derivarse una cierta “autoridad” de la actividad, ni tampoco que el tener una relación directa con el Consejo, vía su Comité de Auditoría, no influya en la objetividad finalmente ofrecida por los trabajos de auditoría, sino que una alta reputación o credibilidad de la función de auditoría se consigue a través del día a día, incidiendo en los riesgos reales de la empresa, concluyendo en forma acertada sobre las debilidades existentes y haciendo recomendaciones útiles y viables. Resultado que, de conseguirse, hará que sea muy difícil coartar su independencia de opinión, que es lo que de verdad nos debe preocupar, pero eso no viene por un imperativo normativo, sino como consecuencia del verdadero valor aportado a la organización.

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3 comentarios:

  1. La independencia y objetividad de los auditores internos entre la apariencia o realidad, frase que envuelve el accionar y la credibilidad en las actuaciones que realizan los auditores, aspectos que en los últimos anos se han discutido y expuesto por los escándalos financieros ocurridos y por la situación de dependencia en el sector publico de dichos profesionales que no permite obtener fiabilidad en las opiniones emitidas sobre todo cuando existen ausencias de comités de auditoria, organizacionalmente dependen de las presidencias ejecutivas y la carencia de principios y valores éticos que al final son los que deberían de prevalecer en sus criterios.

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    1. Gracias por dejarnos saber tu opinión sobre este polemico tema. Me gustaría decir lo contrario respecto a tu afirmación, pero sin lugar a dudas en la práctica en algunas ocasiones sucede lo que comentas en tu comentario. Aunque esto psse no es correcto, por lo que debemos de trabajar duro para construir una ambiente mejor de trabajo para la profesión.

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  2. La verdad es que es muy dificil llegar a obtener una total independencia, más aún cuando antes de ser nombrado Auditor Interno se estaba en un cargo operativo....

    no me queda claro el concepto de Doble independencia.....

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